martes, 8 de mayo de 2012

Definicion de Criminalistica
 Según el doctor Moreno González, mejicano, define a la Criminalística como una disciplina que aplica fundamentalmente los conocimientos, métodos y técnicas de la investigación de las ciencias naturales en el examen del material sensible significativo relacionado con su presunto hecho delictuoso con el fin de determinar, en auxilio de los órganos encargados de administrar justicia, su existencia, o bien reconstruirlo, o bien señalar y precisar la intervención de uno o varios sujetos en el mismo”.

Criminalística de Campo,
Es la encargada de aplicar los conocimiento, métodos y técnicas, con el objetivo de proteger, observar y fijar el lugar de los hechos, así como recolectar de la escena   los indicios asociados al hecho y suministrarlos a los laboratorios de Criminalística para su respectivo estudio con la finalidad de esclarecer los hechos que son investigado. A su vez da inicio a la cadena de custodia de los diferentes indicios recolectados en los diferentes  tipos  de escena, teniendo siempre como horizonte el propósito de garantizar la fidelidad, integridad, conservación e inalterabilidad de los diferentes elementos encontrados en el lugar del hecho, su recolección, hasta su presentación en el juicio como medio de prueba

 Indicio
 Proviene del latín Indicium, que significa signo aparente y probable de algo existente, y es sinónimo de seña, muestra o indicación. Según el diccionario, en el orden técnico de la investigación Criminalística, se le conoce como evidencia física, evidencia material o material sensible significativo. Desde el punto de vista criminalistico, se entiende por material o indicio: “Todo objeto, instrumento, huella, marca, rastro, señal o vestigio que se usa y se reproduce respectivamente en la comisión de un hecho”.


Prueba
Es toda razón, argumento, instrumento u otro medio con que se pretende demostrar la verdad o falsedad de una cosa.

Para que la prueba sea valida jurídicamente, su obtención debe ser por medios legales. La prueba ilícita es ilegal.



Perito    
Termino derivado del latin “peritus” con el que se designa a la persona sabia, experimentada, practica y hábil en una ciencia o arte. En derecho se llama perito al que poseyendo especiales conocimientos teóricos o prácticos es llamado al proceso para aportar las máximas experiencias  que el juez no posee  o puede poseer.

DILIGENCIA DE INSPECCIÓN TÉCNICA OCULAR: Es la diligencia de inspección, fijación y recolección de indicios y/o evidencias físicas practicadas en el lugar de los hechos como en otros sitios relacionados con dicha investigación, por los funcionarios de la Subdirección de Criminalística del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, previamente autorizados por el agente del Ministerio Público.

DILIGENCIA JUDICIAL: Es aquella autorizada por el Tribunal, a petición de parte, que tiene como propósito inspeccionar lugares, cosas u otros, que son materia de proceso, a fin de establecer los puntos o extremos requeridos por las partes o una de las partes.

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